
Radar Regulatorio del 14-06-21 al 22-06-21
Radar Regulatorio del 14-06-21 al 22-06-21
TELECOMUNICACIONES
Aprueban la publicación para comentarios del Proyecto de Norma que modifica el Reglamento General de Supervisión
(Resolución de Consejo Directivo del OSIPTEL 96-2021-CD/OSIPTEL. Publicada el 17 de junio de 2021)
Mediante Resolución de Consejo Directivo del OSIPTEL 96-2021-CD/OSIPTEL, se aprobó para comentarios el Proyecto de Norma que modifica el Reglamento General de Supervisión en aras fortalecer la función supervisora, y dotar de una mayor eficiencia a las acciones que pudiera ejercer el OSIPTEL, incluyendo medidas cautelares al ejercicio de la función supervisora, que coadyuva al fortalecimiento de esta función, y permitir una respuesta oportuna a los riesgos que advierta contra la eficacia de sus resoluciones en el marco de una fiscalización, a través del acceso remoto a los sistemas informáticos y las bases de datos de las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones.
Así, dicha resolución establece un plazo de quince (15) días calendario desde su publicación para que los interesados puedan presentar sus comentarios, los cuales serán presentados mediante la Mesa de Partes Virtual del OSIPTEL (sid@osiptel.gob.pe).
Para mayor información revisar la Resolución de Consejo Directivo 96-2021-CD/OSIPTEL, exposición de motivos y los documentos relacionados al proyecto normativo.
Dan inicio al procedimiento para la revisión de los cargos de interconexión tope por: (i) Terminación de Llamadas en la Red del Servicio de Telefonía Fija Local; (ii) Transporte Conmutado Local; (iii) Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional; (iv) Enlaces de Interconexión; y (v) Adecuación de Red
(Resolución de Consejo Directivo del OSIPTEL 97-2021-CD/OSIPTEL. Publicada el 17 de junio de 2021)
Mediante Resolución de Consejo Directivo del OSIPTEL 97-2021-CD/OSIPTEL, el regulador da inicio al procedimiento de revisión de los cargos de interconexión tope por: (i) Terminación de Llamadas en la Red del Servicio de Telefonía Fija Local; (ii) Transporte Conmutado Local; (iii) Transporte Conmutado de Larga Distancia Nacional; (iv) Enlaces de Interconexión; y (v) Adecuación de Red.
Dicha resolución otorga un plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, para que las empresas concesionarias de servicios públicos de telecomunicaciones que ofrezcan servicios de telefonía fija, portador local, portador de larga distancia nacional y servicios móviles, presenten su propuesta de cargo de interconexión tope por los servicios señalados, conjuntamente con el estudio de costos correspondiente que deberá incluir el sustento técnico-económico de los supuestos, parámetros, bases de datos y cualquier otra información utilizada en su estudio.
Para mayor información revisar la Resolución de Consejo Directivo del OSIPTEL 97-2021-CD/OSIPTEL.
Aprueban el Código de Ética para la prestación de los servicios de radiodifusión
(Resolución Ministerial 586-2021-MTC/01. Publicada el 22 de junio de 2021)
Mediante Resolución Ministerial 586-2021-MTC/01 se aprobó el Código de Ética para la prestación de los servicios de radiodifusión y sus anexos. Aquellos titulares de servicios de radiodifusión que se rigen por el Código de Ética anterior (aprobado por Resolución Ministerial N° 801-2006-MTC/03) se sujetan al nuevo Código de Ética, debiendo remitir los anexos al Ministerio de Transportes y Comunicaciones dentro de 10 días hábiles. De no encontrarse de acuerdo con lo señalado, deberá manifestarlo por escrito y, en un plazo máximo de 60 días calendario, presentar su propio Código de Ética. En el mismo sentido aquellos titulares de servicios de radiodifusión que hubieran presentado su Código de Ética antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 015-2018-MTC.
Para mayor información revisar la Resolución Ministerial 586-2021-MTC/01 y el Código de Ética para la prestación de los servicios de radiodifusión.
ENERGÍA
Modifican la Resolución N° 069-2021-OS/CD que fijó el Cargo Unitario de Liquidación de los Sistemas Secundarios de Transmisión y/o Sistemas Complementarios de Transmisión, asignados a la demanda
(Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN 144-2021-OS/CD. Publicada el 18 de junio de 2021)
Mediante Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN 144-2021-OS/CD el regulador aprobó reemplazar los valores contenidos en el Cuadro N° 1 “Cargo Unitario de Liquidación” y el Cuadro N° 2 “Cargo Unitario de Liquidación del SST y Conelsur y Aymaraes”, de los artículos 1 y 2, respectivamente, de la de la Resolución N° 69-2021-OS/CD.
Para mayor información revisar la Resolución de Consejo Directivo de OSINERGMIN 144-2021-OS/CD.
Modifican la Resolución N° 067-2021-OS/CD que aprobó los Precios en Barra para el periodo mayo 2021 – abril 2022
(Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN 143-2021-OS/CD. Publicada el 18 de junio de 2021)
Mediante Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN 143-2021-OS/CD se autorizó las modificaciones en los Precios en Barras del periodo mayo 2021 – abril 2022, por lo que se resuelve reemplazar los Cuadros N° 1 y N° 2, ítems 1 al 10 y 13 del Cuadro N° 3 (y su Nota 1), y el Cuadro N° 4 del artículo 1 de la Resolución N° 67-2021-OS/CD. Así, se reemplaza los Cuadros N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 11 (y la definición “p”) del artículo 2, el Cuadro N° 12 y modifica el último párrafo del artículo 3, el Cuadro N° 13 del artículo 4, el artículo 12 y los Cuadros N° 15 N° 16 del artículo 13 y modifica el artículo 15 de la Resolución N° 67-2021-OS/CD. Además, se incorpora el Informe N° 411-2021-GRT que complementa la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de OSINERGMIN.
Para mayor información revisar la Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN 143-2021-OS/CD.
Resolución complementaria de Peajes y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión, periodo 2021-2025
(Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN 145-2021-OS/CD. Publicada el 18 de junio de 2021)
Mediante Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN 145-2021-OS/CD se aprobó reemplazar los cuadros de los Anexos 1 al 11 de la Resolución N° 70-2021-OS/CD que fijo los Peajes Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión, para el período comprendido entre el 01 de mayo de 2021 y el 30 de abril de 2025 e incorporar como Anexo B el Informe Técnico N° 385-2021-GRT y dispuso que en el siguiente proceso siguiente proceso de restructuración de la Base de Datos de Módulos Estándares se revise, el reconocimiento de los gastos de los titulares de transmisión que operan en zonas de Amazonía, siempre que estén asociados con el Impuesto General a las Ventas y no puedan ser considerados como crédito fiscal, con el fin de contar con un solo documento que facilite su aplicación, interpretación y difusión entre usuarios y demás agentes del mercado eléctrico.
Para mayor información revisar la Resolución de Consejo Directivo de OSINERGMIN 145-2021-OS/CD.
SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban el proyecto de resolución que establecería: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a Empresa Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A. en el quinquenio regulatorio 2021-2026 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios
(Resolución de Consejo Directivo de la SUNASS 20-2021-SUNASS-CD. Publicada el 19 de junio de 2021)
Mediante Resolución de Consejo Directivo de la SUNASS 20-2021-SUNASS-CD se aprobó el proyecto de resolución que establecería: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aplicables a Empresa Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A. en el quinquenio regulatorio 2021-2026 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios. Dicha resolución establece un plazo de cinco (5) días calendario desde su publicación para que los interesados puedan presentar sus comentarios, los cuales serán presentados en la sede de la SUNASS, ubicada en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar, Lima o al correo electrónico audienciasedapar@sunass.gob.pe.
Para mayor información revisar la Resolución de Consejo Directivo SUNASS 020-2021-SUNASS-CD.
COMPLIANCE
Aprueban la Norma Técnica Peruana sobre Sistemas de Gestión del Compliance
(Resolución Directoral de INACAL N° 10-2021-INACAL/DN. Publicada el 16 de junio de 2021)
Mediante Resolución Directoral de INACAL N° 10-2021-INACAL/DN se aprobó la Norma Técnica Peruana – ISO 37301:2021 “Sistemas de gestión del compliance. Requisitos con orientación para su uso. 1ª Edición”, la misma que reemplaza a la Norma Técnica Peruana – ISO19600:2017, teniendo como principal cambio el seguir una estructura armonizada para las normas de sistemas de gestión basada en el enfoque de riesgos de la ISO. Además establece requisitos y proporciona directrices para la evaluación del programa, con opción de obtener una certificación de una tercera parte. Esta nueva norma técnica permite integrarse con otros sistemas de gestión de la organización como la NTP-ISO 37001 de antisoborno.
Para mayor información revisar la Resolución Directoral de INACAL N° 10-2021-INACAL/DN.
RECURSOS NATURALES
Modifican el Reglamento de la Ley General de Acuicultura y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas
(Decreto Supremo 12-2021-PRODUCE. Publicada el 20 de junio de 2021)
Mediante Decreto Supremo N° 12-2021-PRODUCE se incorpora el numeral 7.3 al artículo 7 del Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo 003-2016-PRODUCE, modifica los artículos 33 y 34 e incorpora el numeral 35.4 al artículo 35 y el Anexo II “ Cuadro de sanciones en materia ambiental para la categoría productiva de acuicultura de la micro y pequeña empresa (AMYPE) –decreto Supremo 003-2016-PRODUCE (Numeral 7.3 del artículo 7)” del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo 17-2017-PRODUCE.
Esto a efectos de fortalecer el cumplimiento de las disposiciones ambientales contempladas en el Reglamento de Gestión Ambiental de los Subsectores Pesca y Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo 012-2019-PRODUCE, y que la acuicultura se desarrolle de manera sostenible.
Para mayor información revisar la Decreto Supremo N°12-2021-PRODUCE.
INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTES
Aprueban la modificación de la “Norma Técnica sobre Protección Portuaria”, aprobada por la Res. N° 044-2017-APN-DIR
(Resolución de Acuerdo de Directorio N° 36-2021-APN-DIR. Publicada el 18 de junio de 2021)
Mediante Resolución de Acuerdo de Directorio N° 36-2021-APN-DIR aprobó la modificación del sub numeral viii) del literal i) del numeral 28.2 del artículo 28 de la “Norma Técnica sobre Protección Portuaria” aprobada por la Resolución de Acuerdo de Directorio No. 044-2017-APN-DIR y modificada por la Resolución de Acuerdo de Directorio No. 032-2018-APN/DIR; con la finalidad de solucionar la problemática del acceso a las instalaciones portuarias por parte de las empresas prestadoras de servicios portuarios, incorporando en la norma técnica, en adición a las actividades en interfaz con el terminal o instalación portuaria; a los servicios/actividades en el muelle, bahía o en otros terminales portuarios.
Para mayor información revisar la Resolución de Acuerdo de Directorio N° 36-2021-APN-DIR.
AMBIENTAL
Aprueba el Reglamento de Supervisión y Fiscalización en Materia Ambiental para el Sector Transportes
(Decreto Supremo N° 21-2021-MTC. Publicada el 16 de junio de 2021)
Mediante Decreto Supremo N° 21-2021-MTC se aprobó la Reglamento de Supervisión y Fiscalización en materia ambiental para el sector Transportes, que regule el ejercicio de la función de supervisión y fiscalización en materia ambiental para el sector Transportes a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en su calidad de Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA), con la finalidad de promover el cumplimiento de obligaciones ambientales fiscalizables, la oportunidad de la subsanación voluntaria por su incumplimiento y la imposición de medidas administrativas para salvaguardar la protección del ambiente; así como fortalecer el ejercicio de la potestad sancionadora en el marco de la actividad administrativa de fiscalización del sector Transportes.
Dicho Decreto Supremo entra en vigencia a los ciento veinte días (120) calendario de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Para mayor información revisar la Decreto Supremo N° 21-2021-MTC.
Publican el proyecto de “Reglamento para la Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre”
(Resolución de Jefatura 035-2021-OSINFOR. Publicada el 22 de junio de 2021)
Mediante Resolución de Jefatura 035-2021-OSINFOR se dispuso la publicación del proyecto de “Reglamento para la Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre”. Los interesados podrán remitir sus aportes, comentarios o sugerencias, de acuerdo al Formato brindado en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR. Estos podrán ser presentados en la sede central de OSINFOR, en las Sedes de sus Oficinas Desconcentradas, así como a la dirección electrónica propuestanormativa@osinfor.gob.pe, en un plazo de diez (10) hábiles, contados a partir de la publicación de la referida Resolución
Para mayor información revisar la Resolución de Jefatura 035-2021-OSINFOR.